A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Velez Gasca Juan Carlos Y Otros·Demandado Emcali Eice Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reclamaciones de perjuicios derivados de la relación laboral entre un trabajador oficial y el Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 7º Administrativo Oral de Cali y el Juzgado 13 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la acción de reparación directa que interpuso un ciudadano y su núcleo familiar en contra de EMCALI, pretendiendo la reparación de los posibles perjuicios materiales y morales causados con ocasión de un despido injustificado en contra del demandante principal, por parte de la entidad demandada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte decidió enviar el expediente al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
La anterior decisión se adoptó con base en la regla que establece que las demandas que pretendan declarar perjuicios materiales y morales con ocasión del despido injustificado de un trabajador oficial son competencia judicial de los jueces laborales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 7º Administrativo Oral de Cali y el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali es la autoridad judicial competente para conocer de la demanda presentada por el señor Juan Carlos Vélez Gasca y otros.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2350 al Juzgado 13 Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 7º Administrativo Oral de Cali.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.